Actualizada a la LCT vigente · 2026

Calculadora de indemnización por despido

Cargá tus fechas y tu mejor sueldo y mirá al instante la liquidación final rubro por rubro: antigüedad, preaviso, integración, aguinaldo y vacaciones.

  • Gratis y sin registro
  • Se calcula en tu dispositivo
  • Tope de convenio y Vizzoti
Fechas
Sueldo

El más alto, normal y habitual del último año, antes de descuentos.

Tengo tope de convenio (opcional)

3 veces el promedio de sueldos del CCT (lo publica el Ministerio de Trabajo). Si no lo sabés, dejalo vacío.

Tu situación
¿Te avisaron el despido con anticipación (preaviso)?
¿Qué es el preaviso?

Es el aviso anticipado del despido: 1 mes si tu antigüedad es de hasta 5 años y 2 meses si supera los 5. Si no te avisaron, te deben la indemnización sustitutiva de preaviso y la integración del mes. Elegí «Sí» solo si te avisaron en tiempo y forma.

¿Estabas registrado correctamente?
¿Qué cambia si estaba en negro?

Si la relación no estaba registrada o lo estaba mal (fecha de ingreso o sueldo menores a los reales), la multa del art. 1 de la Ley 25.323 duplica la indemnización por antigüedad. Para cobrarla hay que intimar y reclamar: consultá con un abogado laboralista.

Total estimado a cobrar

Completá la fecha de ingreso, la fecha de egreso y tu mejor sueldo para ver la liquidación.

Cálculo orientativo según la LCT y la reforma vigente. El monto final puede variar por convenio, topes y conceptos particulares. No reemplaza asesoramiento legal.

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Cómo funciona

  1. Fechas Tu fecha de ingreso y la del despido (viene cargada la de hoy).
  2. Sueldo Tu mejor sueldo bruto mensual del último año. Si tu convenio tiene tope, sumalo.
  3. Tu situación Si te avisaron el despido y si estabas registrado. El total se actualiza solo.

Qué incluye la liquidación por despido sin causa

  • Indemnización por antigüedad (art. 245 LCT): un mes de sueldo por año trabajado (la fracción mayor a 3 meses cuenta como año), con tope de convenio y piso Vizzoti del 67 %.
  • Preaviso (arts. 231/232): 1 mes con hasta 5 años de antigüedad, 2 meses si supera los 5, si no te avisaron.
  • Integración del mes de despido (art. 233): los días que faltan hasta fin de mes, en el despido sin preaviso.
  • Días trabajados, aguinaldo (SAC) proporcional y vacaciones no gozadas, más el SAC sobre preaviso, integración y vacaciones.
  • Multa por empleo no registrado (Ley 25.323): si estabas en negro o mal registrado, duplica la indemnización por antigüedad.

Los rubros indemnizatorios (antigüedad, preaviso) no llevan aportes ni Ganancias; los remunerativos (días trabajados, SAC, vacaciones, integración) sí tienen los descuentos de ley. El cálculo se hace 100 % en tu dispositivo: no enviamos lo que ingresás a ningún servidor.

Explorá

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la indemnización por antigüedad?
En un despido sin causa, la indemnización del art. 245 de la LCT equivale a un mes de tu mejor sueldo bruto por cada año trabajado, contando la fracción mayor a 3 meses como un año más. Si tu convenio tiene tope, la base no puede quedar por debajo del 67 % de tu sueldo (fallo Vizzoti).
¿Qué incluye el "mejor sueldo" para el cálculo?
La remuneración bruta mensual más alta, normal y habitual del último año (o del tiempo trabajado si es menor), con horas extras habituales, comisiones y premios. No incluye el aguinaldo ni las vacaciones, que se calculan aparte.
¿Qué pasa con el preaviso?
Si el empleador no te avisó del despido con anticipación, te debe la indemnización sustitutiva de preaviso: 1 mes de sueldo con hasta 5 años de antigüedad y 2 meses si supera los 5, más su aguinaldo y la integración del mes de despido. La calculadora lo suma automáticamente; si te avisaron en tiempo y forma, elegí «Sí, me avisaron».
¿Me corresponde indemnización si trabajé menos de 6 meses?
Durante el período de prueba (los primeros 6 meses, o más si tu convenio lo extiende) no corresponde la indemnización por antigüedad. Igual te deben los días trabajados del mes, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas.
¿Me corresponde indemnización si renuncio?
No. La indemnización por antigüedad corresponde en el despido sin justa causa y en el despido indirecto (cuando te considerás despedido por un incumplimiento grave del empleador). Si renunciás cobrás la liquidación final: días trabajados, aguinaldo y vacaciones proporcionales. Ver renuncia vs. despido.
¿Puedo compartir o guardar el cálculo?
Sí. «Compartir» genera un link que abre la calculadora con tus mismos datos, «Copiar desglose» copia todos los rubros como texto e «Imprimir / PDF» te deja guardar la liquidación. Nada de eso sube tus datos a un servidor: el cálculo se hace en tu dispositivo.
¿Sirve para empleados de comercio, construcción, etc.?
La fórmula del art. 245 es general. Algunos convenios fijan un tope: si conocés el de tu convenio, cargalo en «Tengo tope de convenio». La construcción (Ley 22.250) tiene un régimen propio de fondo de cese laboral que esta calculadora no cubre.

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